Si antes del 28 de febrero el Gobierno Nacional no extiende las medidas dictadas por la emergencia sanitaria varios decretos perderían efecto para empezar marzo. Acá les contamos cuales serán.

El 12 de marzo 2020 el Ministerio de Salud emitió la resolución 385 de 2020 en la que se declaró la emergencia sanitaria nacional por la pandemia del Covid-19. Así se tomaron medidas respectos a los aforos, los protocolos de bioseguridad y además las medidas que las diferentes empresas debían tomar.

El retiro de las cesantías fue una de las primeras medidas adoptadas por el gobierno nacional para los trabajadores. A través del Decreto 488 de marzo 7 de 2020 se estableció un nuevo régimen para el retiro de las cesantías, en la que los empleados que presenten una disminución de su ingreso mensual por cuenta de la pandemia pueden retirar cada mes de su fondo el monto para compensar la pérdida.

Colfondos indicó que a partir del 1 de marzo de 2022 no se podrán radicar solicitudes de retiros de cesantías bajo esta causal.

El permiso para las vacaciones es otra de las medidas que podrían afectar a los trabajadores. El Decreto 488 dispuso que los empleadores le pueden avisar al trabajador sobre cuándo tomar sus vacaciones con un solo día de anticipación, sin importar que sean colectivas, anticipadas o colectivas. Sin embargo, si la emergencia sanitaria no se prorroga desde marzo las vacaciones se darán con 15 días de anticipación.

Otro decreto que podría expirar es el relacionado con la flexibilización de la jornada laboral. El Decreto 770 de junio 2020 reglamentó la flexibilización de las jornadas laborales y permitió que las 48 horas de trabajo semanales pudieran ser repartidas hasta en cuatro días con una jornada máxima de 12 horas. Luego de que termine la emergencia sanitaria la jornada volverá a ser de mínimo de 8 horas.

Asimismo, debido a las restricciones de movilización en el país se reglamentó el trabajo en casa para las empresas. El Decreto 771 de 2020, la cual ya es ley, que ordena a los empleadores a reconocer a sus empleados que trabajen desde casa que devenguen un auxilio de conectividad por el mismo valor que un auxilio de transporte. En ese sentido, el Ministerio de Trabajo emitió la circular 0041 de 2020 para dar los lineamientos respecto al tema.

Sin embargo, la entidad aseguró que la figura del trabajo en casa no es similar al teletrabajo, el cual ya se encuentra reglamentado por la Ley 1221 de 2008. Por tal razón, expertos señalaron al diario La República que las empresas que quieran mantener el trabajo a distancia deben revisar las condiciones laborales pactadas con los trabajadores.

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